Ilustre Colegio Oficial de Enfermería de la Región de Murcia 

• Ni por parte de la Consejería de Salud, ni del SMS se ha  considerado importante escuchar la voz de enfermería. 

• Nuestras autoridades sanitarias consideran más  importante tomar cualquier tipo de medidas antes que  incrementar las plantillas de Atención Primaria con  contratos dignos para las enfermeras. 

• No es una guerra contra el colectivo de farmacias pero si  es una defensa y reconocimiento de la labor de las  enfermeras 

Murcia 23 de noviembre de 2020. En relación a las informaciones  aparecidas en los últimos días sobre la posibilidad de que las  farmacias se habiliten como espacios para la realización de pruebas  y test COVID y que los farmacéuticos sean las personas  encargadas de hacerlo, el Colegio Oficial de Enfermería quiere  puntualizar:

1º.- Nuestra oposición se basa en criterios profesionales única y  exclusivamente, así como en preservar ante todo la seguridad de la  salud de los ciudadanos. En modo alguno, se trata de una lucha de  competencias con otros colectivos ni una guerra con el sector  farmacéutico. 

2º.- Si para alguien existen dudas sobre las competencias que se  atribuyen a las profesiones sanitarias, desde luego no es para la  Enfermería. Y en tal caso, recomendaríamos un repaso a la  normativa aprobada y legislación en vigor en nuestro país: 

- Constitución española, al definir el modelo de distribución de  competencias en materia sanitaria, de profesiones tituladas,  reguladas y colegiadas, de regulación y ordenación  farmacéutica. 

- la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. 

- la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del  Sistema Nacional de Salud. 

- el Real Decreto-Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas  urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema  Nacional de Salud y mejorar la calidad de sus prestaciones.

- la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las  profesiones sanitarias. 

- el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se  establecen las bases generales sobre autorización de centros,  servicios y establecimientos sanitarios. 

- el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que  se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso  racional de los medicamentos y productos sanitarios. 

- la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la  autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia  de información y documentación clínica. 

- la Ley 16/1997, de 25 de abril, de Regulación de la Servicios,  etc. 

3º.- Somos conscientes (no olvidemos que las enfermeras están en primera línea en la batalla contra el CIVID190), que la situación que  vivimos es de extrema gravedad, que hay que arbitrar medidas que  aseguren la atención de los pacientes, que contribuyan a preservar  la salud pública y que velen por la seguridad de los profesionales  sanitarios en el ejercicio de su trabajo. 

4º.- En esta lucha, cada uno tiene que cumplir su objetivo y hacerlo  con exquisita competencia. Igual que el personal sanitario y demás  trabajadores de centros sanitarios han cumplido y cumplen a diario  la labor que cada uno tiene encomendada, superando la escasez de  medios y poniendo en riesgo su propia vida, las autoridades  administrativas y políticas deben ser responsables de la adopción  de medidas relacionadas con el uso y gestión de recursos humanos  y materiales. 

5º.- Desde el comienzo de la pandemia, el Colegio de Enfermería  ha venido reclamando de forma reiterada que se tenga en cuenta la  opinión de los sectores sanitarios afectados, a la vez que nos  hemos ofrecido para colaborar y cooperar siempre que lo  precisasen. Crear una mesa de trabajo en la que se escucharan a  todas las voces ha sido una de nuestras peticiones reincidentes,  junto al refuerzo de las plantillas y la mejora de las condiciones  laborales y salariales. No se ha considerado oportuno ni por parte  de la Consejería ni del SMS. 

6º.- En la decisión de que los test de COVID puedan hacerse fuera  del ámbito de los centros sanitarios y por profesionales de otros  sectores, la opinión de la Enfermería, al parecer, no la han  considerado importante nuestros representantes políticos y, una vez más, nos enteramos de acuerdos sobre la actividad sanitaria a  través de los medios de comunicación. Nos preguntamos si es más  importante “colgarse medallas” que profundizar en las medidas que  aseguren la salud de los ciudadanos. Pedíamos ser escuchados,  pero ustedes, políticos, han mirado para otro lado.  

7º.- Desde el Colegio de Enfermería seguimos apostando y  defendiendo que los trabajos de análisis, toma de muestras y  tratamiento de datos corresponde hacerlos al personal cualificado  (enfermeras), y en los centros habilitados con las medidas de  seguridad correspondientes (centros sanitarios). Tanto la  Consejería como el SMS, al parecer, no lo comparten y no  consideran que nuestra opinión sea válida. Seguramente también  consideran que es preferible, y de paso más rentable, cualquier otra  medida que incrementar las plantillas de Atención Primaria con  contratos dignos para los profesionales responsables de estos  trabajos.  

8º.- En definitiva, esto no es una guerra contra un colectivo  profesional, y tampoco es una carrera por obtener beneficio  económico alguno. Simplemente es una defensa y reconocimiento a  la labor de las enfermeras. 




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