El 30 por ciento de los agricultores y ganaderos ya ha presentado su solicitud de ayudas de la PAC
La Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca mantiene el plazo de presentación hasta el 30 de abril
El 30 por ciento de los agricultores y ganaderos de la Región ya ha presentado su solicitud de ayudas de la Política Agraria Comunitaria (PAC), desde que se inició el plazo el pasado 7 de febrero, a través de la aplicación informática que ha puesto a su disposición la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Este porcentaje resulta muy superior al estimado para la misma fecha del año anterior.
Hasta el momento han sido presentadas un total de 2.484 solicitudes únicas, 1.618 solicitudes de ratificación del régimen de pequeños agricultores, 105 cesiones de pago básico y 680 alegaciones al SIGPAC. No obstante, en el sistema existen más de 3.300 solicitudes abiertas a la espera de su confirmación, lo que significa que, en breve, la Consejería dispondrá de más del 50 por ciento de las solicitudes. El plazo de presentación se mantiene hasta el 30 de abril.
Además de la solicitud de ayudas al pago básico y asociadas voluntarias, mediante dicha aplicación se pueden realizar otros trámites relacionados con la gestión de los pagos, la ratificación y/o renuncia al régimen de pequeños agricultores, la cesión de derechos de pago básico, la solicitud de derechos de pago básico a la Reserva Nacional, así como las alegaciones al Sistema de Información Geográfica de la Política Agraria Común (SIGPAC).
En 2017 se presentaron aproximadamente 8.300 solicitudes únicas, 4.600 solicitudes de ratificación del régimen de pequeños agricultores, 950 cesiones de derechos de pago básico, 350 solicitudes de derechos de pago básico a la Reserva Nacional y 2.500 alegaciones al SIGPAC.
Una vez finalizado el plazo para la presentación de la solicitud única, y hasta el día 31 de mayo, los agricultores y ganaderos podrán registrar modificaciones e incorporaciones de nuevos regímenes de pagos directos o medidas de desarrollo rural y de parcelas individuales o derechos de pago individuales, siempre que se cumplan los requisitos fijados en el régimen de ayuda de que se trate.
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